Me quiero divorciar

Preguntas y respuestas

La publicación está dirigida a las personas que se casaron legalmente y han tomado la decisión de divorciarse.

En este post vamos a responder las preguntas más frecuentes sobre el divorcio. Sin embargo, es recomendable que acuda a un abogado de su confianza para que analice su caso  y le dé la mejor orientación.

Las preguntas fueron seleccionadas de acuerdo a la página  de internet “answerthepublic”, y estás son las preguntas más recurrentes que buscan las personas; así mismo, es de señalar que las respuestas se darán con base en las legislaciones civiles de México, en la jurisprudencia y en la experiencia profesional. Para cada caso en concreto se debe buscar orientación legal personalizada.

¿Qué es el divorcio?

El divorcio es un acto jurídico  por medio del cual se disuelve el vínculo matrimonial, ya sea por la voluntad de uno o de ambos contrayentes. La mayoría de las legislaciones en México señalan que dicho acto deja en aptitud de los cónyuges en contraer un nuevo matrimonio.

¿Qué tipo de divorcios existen?

Cada estado de la republica regula los tipos de divorcio que existen, por ejemplo en  el estado de México se le conocen como:

  • Incausado,
  • Voluntario,
  • Administrativo; y
  • Notarial.

En el estado de Jalisco:

  • Administrativo,
  • Contencioso o  necesario; y  
  • Voluntario o mutuo.
  • En la ciudad de México
  • Incausado o exprés,
  • Voluntario; y
  • Administrativo.

Generalmente en toda la república  podemos hablar de 3 tipos de divorcios principalmente y un cuarto que desde el año 2008 empezó a estar en desuso en la mayoría de las legislaciones civiles:

Administrativo: Regularmente se da entre cónyuges que deciden divorciarse, no tengan hijos menores de edad o mayores sujetos a tutela, hubieren liquidado la sociedad conyugal, si es que adquirieron bienes y estaban casado por el régimen de sociedad conyugal. Este trámite se realiza en las oficialías de los diferentes registros civiles.

Voluntario: Regularmente se da entre cónyuges que deciden divorciarse, pudiendo tener o no hijos menores, hubieren o no liquidado la sociedad conyugal. Este tipo de divorcio se realiza ante un juez familiar y se presenta con un convenio en el que se establece el domicilio de los cónyuges en el procedimiento,  en su caso los alimentos (pensión alimenticia y su forma de garantizarla), en su caso lo relativo a la guarda y custodia de los hijos, en su caso el régimen de convivencia, la administración de los bienes y la liquidación de la sociedad conyugal.

Incausado o exprés: Es el tipo de divorcio en donde uno de los cónyuges solicita ante un juez familiar la disolución del matrimonio  sin expresar la cusa por lo cual lo solicita.  Regularmente en este tipo de divorcio se  adjuntan las propuestas  de convenio en  el que se establece el domicilio de los cónyuges en el procedimiento,  en su caso los alimentos (pensión alimenticia y su forma de garantizarla), en su caso lo relativo a la guarda y custodia de los hijos, en su caso el régimen de convivencia, la administración de los bienes y la liquidación de la sociedad conyugal.

Contencioso o necesario: Este tipo de divorcio desde el 2008 está poco a poco en desuso (divorcios declarados inconstitucionales), sin embargo consiste en la disolución del vínculo matrimonial que solicita uno de los cónyuges con la necesaria expresión y comprobación de las causales de divorcio.

Adicionalmente cada legislación civil puede cambiarle el nombre o modalidades, como en el caso del estado de México que adicionalmente al voluntario, incausado y administrativo agrega uno que denomina notarial.  

Mi pareja no me quiere dar el divorcio ¿Lo puedo obligar?

Dependerá el estado en que residas, pero en general y con apego al derecho humano al  libre desarrollo de la personalidad, no importa que tu pareja no te quiera dar el divorcio,  ya que aunque existen legislaciones que contemplan causas, dichas legislaciones se han declarado inconstitucionales,  por lo que basta con la mera manifestación ante el juez competente para que decrete el divorcio.

Quiero divorciarme, pero no tengo dinero para un abogado ¿Qué hago?

No para todos los tipos de divorcio necesitas abogado, por ejemplo para el divorcio administrativo o notarial no es necesaria la figura del abogado.  Sin embargo los divorcios más comunes (el voluntario y el incausado) es necesaria la intervención de un abogado, para ellos puedes contratar un abogado particular; y en su caso, si no cuentas con recursos económicos el estado te puede proporcionar un abogado, ya sea a través de las defensorías públicas o de algunas instituciones auxiliares (DIF, Consejos de la mujer, etc)

¿Cuánto cuesta un divorcio?

Esta pregunta se observa con frecuencia en internet; sin embargo, lo más común es que se refieran a los honorarios de un abogado particular. La respuesta es variada y dependerá del tipo de divorcio, el estado,  la experiencia del abogado, si hay bienes, hijos menores, y otros procedimientos como peritos, recursos como una apelación o revocación y/o otros juicios derivados como un amparo.  En la experiencia de un abogado Saúl Soriano de la CDMX y el Estado de México los divorcios comunes en el año 2021 tienen un precio entre los $10,000 y los $40,000 pesos. Sin embargo hay que tomar en cuenta lo anteriormente señalado y acudir a un abogado para que te dé un presupuesto ajustado a tu caso.

¿Dónde se tramitan los divorcios?

Cada estado de la república tiene un nombre diferente, sin embargo el para los divorcios administrativos se realizan comúnmente en las oficialías de registro civil, en algunos estados en los juzgados de paz.

Para los divorcios judiciales como lo es el voluntario, incausado y el necesario, se llevan a cabo en un juzgado familiar, en algunos estados denominados juzgados civiles.

Para los divorcios notariales, (pocos estados tienen esta figura) se llevan a cabo en las notarías públicas de cada estado. 

¿Cuánto tiempo dura el procedimiento en un divorcio?

Al igual que los precios, es complicado poner un tiempo en específico,  hay divorcios que desde que va a asesoría , hasta que tienes tu acta de divorcio puedes llevarte un mínimo de 2 meses, hasta divorcios en el que hay pruebas, recursos, amparos, notificaciones en el extranjero, etc que pueden durar 5 años.  Lo común de un divorcio incausado  es que dure entre 2 meses a un año. Aún acudas a abogado y revise tu caso, será difícil predecir el tiempo.

¿Es posible quitarle la patria potestad de mis hijos a mi pareja?

Para contestar esta pregunta es menester señalar que la patria potestad es una figura jurídica que comprende la representación legal y la protección de los menores en el aspecto físico, psicológico, social y moral, su guarda y custodia, la administración de sus bienes y el derecho de corrección.  Sin embargo en los divorcios la figura que se demanda en el 98% de los casos es la guarda y custodia y no la pérdida de la patria potestad, ya que esta se pierde únicamente en ciertos casos como:

Cuando el que lo ejerce es condenado por un delito grave doloso.  Cuando el que la ejerza cometa violencia, como malos tratos, castigos corporales,  castigos humillantes, trabajo forzado, explotación, trata de personas, abandono de sus deberes alimentarios, etc.

¿Qué es la guarda y custodia?

La patria potestad en los divorcios es la figura jurídica que se demanda en la mayoría de los casos en el divorcio, la cual consiste en la convivencia, cuidado y asistencia a los hijos, la cual deriva de la patria potestad.

En los juicios de divorcio los padres o el juez en su caso determinará con quien vivirán los hijos, pudiendo ser a favor de unos de los padres, a favor de los dos, o de otros familiares; aunado a lo anterior se podrá determinar un régimen de convivencias y de alimentos.

La decisión de la guarda y custodia en el caso de controversia se realizará de acuerdo al interés superior del menor; es decir, se decidirá en donde vivirá el menor de acuerdo a las pruebas presentadas y al domicilio en el cual el niño pueda desarrollarse con cuidado, amor, educación, bienestar emocional, social, psicológico, con un ambiente libre de violencia.  Para ello el juez se ve rodeado de expertos (peritos) en psicología, en medicina, en trabajo social, entre otros; que le ayudarán a tomar la mejor decisión.

¿Qué es el régimen de convivencias?

El régimen de convivencia es un derecho derivado de la paria potestad y de la guarda y custodia que existe entre los padres y los hijos, es  un derecho de orden público y de interés social por medio del cual un progenitor puede disfrutar de ciertos momentos con sus hijos.

Lo anterior relacionado a la patria potestad y el régimen de convivencia se traduce a que un hijo o varios  regularmente  van a estar viviendo con uno de los progenitores (guarda y custodia) y de forma temporal con el otro progenitor (convivencias).

 Por ejemplo, se puede establecer que el padre tenga la guarda y custodia de un hijo de 10 años, el cual vivirá con el padre de forma regular  y  la madre convivirá todos los fines de semana.

¿Qué pasa con los bienes en el divorcio?

Para responder esta pregunta es necesario hablar de la administración de los bienes durante el matrimonio, es decir los regímenes patrimoniales. 

Cuando dos personas deciden casarse legalmente tienen que decidir bajo qué régimen van administrar los bienes. En México existen dos regímenes: 

  • Sociedad Conyugal 
  • Separación de Bienes

La sociedad conyugal  comprende los bienes que adquieran los contrayentes durante la vigencia del matrimonio; sin embargo existe algunos bienes que no se comprenden en la sociedad conyugal como:

Los bienes anteriores al matrimonio aunque no fueran del cónyuge, pero prescribieron o se adjudicaron en el matrimonio.  Los que adquiera por herencia, legado, sorteos o donación. Los objetos personales y algunos otros bienes que establecen las legislaciones civiles locales. 

La separación de bienes consiste en que cada cónyuge es dueño de lo que adquirió individualmente aún dentro del matrimonio. Sin embargo pregunta a tu abogado que pasa en cada caso concreto, ya que en atención a cada caso podría dividirse los bienes aún en este régimen. 

¿Puedo pedirle pensión alimenticia a mi pareja?

Para responder esta pregunta es necesario señalar que cada caso tiene sus particularidades, sin embargo en general los códigos  civiles en México señalan que en el divorcio los cónyuges tienen derecho a los alimentos cuando los necesiten y podrá fijarse de acuerdo a:

  • La edad y el estado de salud de los cónyuges;
  • Su grado de estudios y posibilidad de acceso a un empleo;
  • Medios económicos de uno y de otro cónyuge, así como de sus necesidades;
  • Otras obligaciones que tenga el cónyuge deudor; y
  • Las demás que el Juez estime necesarias y pertinentes.

Adicionalmente los códigos señalan que entre otros, tienen derecho a recibir alimentos  cualquiera de los cónyuges o de los concubinos que se haya dedicado cotidianamente al trabajo del hogar, consistente en tareas de administración, dirección, atención y cuidado de la familia o se encuentre imposibilitado física o mentalmente para trabajar.

¿Puedo pedir pensión alimenticia para mis hijos?

La respuesta breve es que si,  y para determinar el monto se basa en el interés superior del menor y en las posibilidades reales de la pareja. Para esto el juez se puede allegar de las pruebas necesarias para determinar la cantidad (pruebas como la confesional , la testimonial, la presuncional, documentales como recibos de nómina, tikets, facturas, las periciales como las de trabajo social, las de contabilidad, etc)

Ya me divorcie ¿Me puedo volver a casar?

En la mayoría de las legislaciones se establece que el divorcio es la terminación del vínculo matrimonial y deja a las partes  en aptitud de contraer nupcias nuevamente. 

En otras legislaciones se solicita un tiempo (por ejemplo un año) para que te puedas volver a casar, sin embargo dichas legislaciones se han considerado como violatorias de derechos humanos.

Estoy recién casada. ¿Me puedo divorciar?

La respuesta corta es que si, la respuesta larga es que cada estado regula esa parte, aunque actualmente en la mayoría de los estados no se regula un tiempo mínimo de estar casado para divorciarte.

Ejemplo

El siguiente es un ejemplo de el punto resolutivo en el que se declara procedente el divorcio, dentro de un divorcio voluntario:

R E S O L U T I V O S
PRIMERO. Ha procedido la acción de Divorcio Voluntario demandado por ___________, en consecuencia.
SEGUNDO. Se declara disuelto el vínculo jurídico matrimonial que une a ____________, contraído mediante acta del Registro Civil número____, de _____, expedida por el Oficial del Registro Civil de ______________México.

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